Para la oficina que conduce Juan Manuel Delgado, la ordenanza electoral sancionada en octubre es inconstitucional. El Tribunal Superior de Justicia tendrá la última palabra.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) dictaminó que la ordenanza municipal electoral (N° 1356/22) aprobada en octubre por el Concejo Deliberante de Tanti es “inconstitucional” (y por lo tanto ilegal). Así lo publicó en su sitio web el organismo que nuclea a los fiscales de la provincia.
El dictamen fue solicitado por la sala electoral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, en el marco del tratamiento de la acción declaratoria de inconstitucionalidad presentada por los concejales y tribuno de cuentas opositores de Tanti.
La opinión del MPF no tiene carácter vinculante y aún resta la sentencia del TSJ. Sin embargo, el dictamen sienta un potente precedente que seguramente sea tenido en cuenta por el máximo tribunal provincial a la hora de definir la disputa.
Qué dice el dictamen
La ordenanza en cuestión, a través de su artículo 106, habilita a las actuales autoridades municipales a presentarse a dos mandatos consecutivos sin contar el actual (lo que en los hechos permitiría a Azar ser intendente por 20 años consecutivos).
Al respecto, la Fiscalía General sostiene que “ninguna persona que detente el cargo de intendente, concejal o miembro del tribunal de cuentas durante dos períodos consecutivos puede aspirar a ocuparlo durante un tercer término”, ya que hacerlo implicaría consagrar una situación discriminatoria, al acordarle un privilegio especial a los actuales miembros que detentan tales cargos públicos (el de postularse por tres o más períodos consecutivos) del que no gozaría ningún otro aspirante al cargo, en una flagrante violación al principio de igualdad ante la ley.
Ministerio Público Fiscal también expresa la Constitución Provincial impone a los municipios el deber de garantizar los requisitos de sistema republicano, entre ellos la periodicidad en las funciones, la cual evita la perpetuación en el poder de personas o grupos.
Finalmente, el documento sostiene que el artículo cuestionado contradice los mecanismos constitucionales predispuestos como forma de tornar operativo el principio republicano. “Su irracionalidad aparece indiscutible”, expresa el texto.
En consecuencia, el Fiscal General concluye que “corresponde hacer lugar a la acción intentada, debiendo declararse la inconstitucionalidad de la cláusula transitoria cuestionada”.
Qué se discute
La ordenanza 1356/22, fue sancionada por el Concejo Deliberante de Tanti el 5 de mayo pasado, en una sesión en la que no hubo justificaciones ni declaraciones por parte del oficialismo y que en menos de 10 minutos planteó una moción de orden (pedido de que se cierre la discusión y se vote la cuestión) y aprobó la norma sobre tablas (sin discusión previa en una comisión).
La norma tiene diversos artículos interesantes, algunos de ellos que incluso son vistos con buenos ojos por la oposición. Sin embargo, el artículo más conflictivo es el 106, que está formulado a la medida para permitirle al intendente local una reelección a la que la legislación provincial actual le impide aspirar. La norma incluso le permitiría dos mandatos más a Luis Azar, ya que establece que las autoridades pueden ser reelectas un período sucesivo, pero que a los fines de tal cálculo, se computa como primer mandato el próximo.
Tras la aprobación de la norma con los cuatro votos del radicalismo, la oposición peronista resolvió realizar una presentación judicial para que se declare inconstitucional la norma y se la deje sin efecto, por contradecir a la normativa provincial en tal material.
Días después, la Justicia dictó una medida cautelar por la cual se suspendía la vigencia de la norma hasta tanto se definiera la sentencia del caso.
Tras el dictamen del Fiscal General, aumentan las probabilidades de un fallo definitorio del TSJ antes de fin de año.
La vía legislativa
A pesar de que intendentes radicales y peronistas han presentado pedidos y han realizado entrevistas con los legisladores, parece poco probable que la legislatura provincial vuelva a modificar el código electoral provincial (modificado con consenso de la oposición en 2016) para permitir un nuevo mandato a los intendentes que vienen gobernando desde 2015 o incluso desde antes (como es el caso de Azar, que es intendente desde 2011).
Sin embargo, es en medio del mundial o en la víspera de las fiestas, cuando la distracción social es propicia para aumentos de tarifas y servicios, u otras medidas impopulares. En ese contexto, no sería raro que una negociación política pueda destrabar la chance de, al menos, un período más para los caudillos locales.