Sin debate, la norma se sancionó en 10 minutos. Los concejales opositores adelantaron que recurrirán a la justicia.
El Honorable Concejo Deliberante de Tanti aprobó este miércoles el proyecto de régimen electoral local que habilitaría la reelección del actual intendente, Luis Azar, por hasta dos períodos más. Como informó InfoTanti, la iniciativa había sido presentada apenas 24 horas antes, junto a una convocatoria a sesión especial para su urgente tratamiento. La urgencia podría estar vinculada a la posibilidad de que las elecciones de intendente se adelanten para finales de este mismo año.
Sesión “exprés”
Apenas 10 minutos después de la hora señalada, los siete concejales de Tanti (cuatro por el radicalismo y tres por el schiarettismo), estaban ya reunidos en el recinto que el Concejo Deliberante tiene en la sede municipal de calle Puerto Argentino, en inmediaciones del Anfiteatro Municipal.
Luego de iniciada la sesión, y tras la lectura del orden del día, se propuso la realización de un homenaje a Norberto Fernández, un vecino de dilatada trayectoria en diversas actividades políticas y sociales locales, quien falleció en las últimas horas.
Una vez que comenzó el abordaje de la ordenanza de régimen electoral (la única incluída en la agenda de la sesión especial), el presidente del Concejo, Horacio Castro, propuso que solamente se leyera los considerandos del proyecto (los fundamentos), ya que todos los concejales había recibido el proyecto el día anterior.
Abierta la discusión, tomó la palabra la vicepresidenta del Concejo, Irma Nieto, quien propuso que el proyecto se tratase sobre tablas (esto significa que no pase a comisión y que se resuelva ahí mismo, en ese momento). Los concejales opositores Juan Quevedo, Lucio López y Patricia Mojica, expresaron su desacuerdo, indicando que habían recibido un texto de más de 100 artículos con menos de 24 horas de anticipación, y que por la relevancia del tema, ameritaba una discusión más profunda. Sin embargo, el radicalismo impuso su mayoría y el proyecto fue tratado sobre tablas.
Lo sorprendente es que no hubo debate. Los opositores leyeron un documento donde expresaban su rechazo a la propuesta del intendente. En el mismo, afirmaban que “el artículo 180 de la constitución de la Provincia de Córdoba refiere a la autonomía(municipal)», “no resulta con carácter absoluto, sino sujeto a la normativa general de la provincia en distintos aspectos, uno de ellos es la ley electoral”.
Los concejales de Hacemos por Córdoba (schiarettismo) remarcaron que Tanti se encuentra bajo el régimen de la ley 8102 (régimen electoral de la provincia), la cual rige a todos los municipios no facultados a dictar su carta orgánica (por tener menos de 10 mil habitantes), o quiénes estuvieren facultados y no lo hubieren realizado. Tal es el caso de Tanti, indicaron.
“Aprobar una ordenanza municipal contraria (a la ley 8102) que viola en exceso una ley provincial es contradecir los principios básicos de las jerarquías normativas que invoca la constitución nacional. Es por ello que este bloque se opone a la sanción de la misma, y de hacer caso omiso a nuestra postura nos veremos obligados a acudir en auxilio a la justicia provincial para que provea de conformidad a lo expuesto”, afirmaron.
Tras la lectura del documento, y sin mediar respuesta del oficialismo ni argumento alguno en defensa del proyecto presentado por el intendente, se procedió a votar, y la UCR hizo valer su mayoría.
En menos de 10 minutos y sin debate, el Concejo Deliberante aprobó una importantísima norma que modificó la institucionalidad local, al menos en lo que refiere a quiénes y cuántas veces pueden ser candidatos al gobierno municipal.
Las razones del proyecto
Luis Azar es uno de los intendentes que están impedidos de volver a postularse en virtud de lo establecido por la ley provincial 10.406, sancionada en diciembre de 2016. Esta norma restringe la reelección de legisladores, tribunos de cuentas provinciales, intendentes, concejales, tribunos de cuentas municipales y miembros de las comisiones comunales de toda la provincia; a un máximo de dos períodos consecutivos.
A los fines de su aplicación, la norma indica que se considera como el primer período al de 2015. Consecuentemente, quienes fueron reelectos en 2019 no podrían volver a presentarse en 2023.
Azar fue electo intendente en 2011, y reelecto en 2015 y 2019, por lo que está alcanzado por las restricciones de la norma y debería esperar al menos un período para volver a postularse a la intendencia, si así lo deseare, recién en 2027.
Sin embargo, muchos de los dirigentes alcanzados por esta norma sostienen que es inconstitucional porque viola el principio de irretroactividad de la ley, por lo que debería tener vigencia recién a partir de 2019 (como primer período) y habilitarlos a una reelección más en 2023.
Sin acuerdo político para una corrección
Inicialmente se realizaron diálogos entre el oficialismo y la oposición tendientes a dictar una norma que disponga una “salvedad” y acepte una reelección más (por única vez) en 2023 para quienes son alcanzados por las restricciones de esta norma. Hacemos por Córdoba es la fuerza que tiene más intendentes impedidos por esta ley para volver a postularse.
Sin embargo el oficialismo provincial dió marcha atrás al ver que los legisladores radicales rechazaban acompañar la modificación. El schiarettismo, que no quiere quedar como borrando con el codo lo que escribió con la mano, decidió entonces abandonar el proyecto y sostener la vigencia de la norma, a pesar de las presiones de algunos intendentes peronistas y radicales.
Ante este panorama, los dirigentes locales contemplaron la posibilidad de apelar a la justicia, pero todo indicaba que no tendrían el resultado esperado. En 2011, la Justicia falló en una demanda similar planteada por Carlos Felpeto, ex intendente de Carlos Paz, a quien le negó el derecho a postularse más allá de dos períodos consecutivos bajo los mismos argumentos que ahora planteaban otros intendentes.
La estrategia de Decara
El domingo pasado, un artículo del diario La Voz del Interior, adelantó que el Defensor del Pueblo de la Provincia, Mario Decara, estaba impulsando una estrategia para sortear la restricción a través del dictado de ordenanzas electorales locales que permitieran la reelección de las autoridades, considerando que el primer período sería el próximo (2023-2027).
En ese marco, Azar fue el primer jefe comunal en impulsar las normas locales, al presentar el pasado martes un proyecto de 106 artículos, junto a un pedido de sesión especial del Concejo Deliberante para que se tratara en 24 horas.
Qué dice la norma
El proyecto presentado el martes consta de 106 artículos que establecen los requisitos para votar en las elecciones locales, postularse como candidato (a intendente, concejal o tribuno de cuentas), y el procedimiento para la elección. Hasta allí no tiene artículos polémicos, e incluso tiene algunos que significan un avance a nivel político, como la posibilidad de votar de los adolescentes de 16 años, o la implementación del régimen de ficha limpia, impulsado por la UCR (hasta ahora sin éxito) en la legislatura provincial.
El régimen de ficha limpia impide que personas con sentencias condenatorias de cualquier instancia, e incluso imputados en causas de cierta envergadura, se postulen como candidatos.
Sin embargo, la polémica está en una cláusula transitoria que establece que, a los fines de computar los límites a las reelecciones, se considerará como primer período el de 2023 a 2027. Esto quiere decir que se haría “borrón y cuenta nueva”, y que el intendente (así como los concejales y demás autoridades electivas locales), podrán postularse incluso en 2027 nuevamente. Así, Azar podría llegar a ser intendente por 20 años consecutivos.