La suspensión temporal del diferimiento en la actualización de los haberes jubilatorios de Córdoba, anunciada por el gobierno hace pocos días, es una medida electoral, que no resolverá el profundo desequilibrio en el sistema previsional.
El 21 de mayo de 2020, la legislatura aprobó, en un debate exprés que se dió en pleno aislamiento social obligatorio, la Ley 10.694 de reforma previsional. En sus fundamentos, la norma decía atacar las causas del desequilibrio de la Caja de Jubilaciones provincial, entre los cuales se mencionaron, “….. causas endógenas tales como una mejora significativa en la esperanza de vida de la población, combinada con una reducción en las tasas de natalidad implica que, cada vez haya menos trabajadores activos para apoyar el aumento de personas en edad pasiva».
Esta situación, indicaban, va en contra de la equidad distributiva entre los individuos, y la única manera de subsanarla es haciendo que el sistema sea sostenible, lo que significa que todas sus erogaciones puedan ser sustentadas con los propios aportes del sistema de allí el nombre de la ley: “Programa de Fortalecimiento de la Solidaridad y Sostenibilidad del Sistema Previsional de la Provincia de Córdoba”.
Eufemismos si los hay, ya que todo el articulado en ese programa es un catálogo de recortes a los haberes previsionales del colectivo pasivo vigente y a los que en el futuro se incorporen (el aumento de la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad constituyen fenómenos in crescendo desde mediados de la década del 70 del siglo pasado).
Demagogia
No obstante, lo más grave es que a ese impacto negativo que lentamente va erosionando al sistema previsional, se sumaron medidas contra natura, fruto de decisiones políticas demagógicas.
Tal es el caso de la reducción de las edades de retiro de hasta 10 años, generando jubilaciones antedatadas que posibilitaron el ingreso de jubilados “jóvenes” al sistema en un numero aproximado de 30 mil, provocando un importante déficit de aportes por esos diez años y correlativamente un aumento de las erogaciones por idéntico tiempo. Además, se elevaron los mínimos jubilatorios por encima de lo que marcaba la propia ley, por el solo hecho de diferenciarse con la Nación, todo al compás de las campaña electorales.
Los responsables de la potenciación del déficit no aparecen o están escondidos tras los escritorios. La Nación advirtió ese desarreglo y comenzaron las desavenencias y los repetidos desacuerdos a lo largo de los años que, cada tanto, desembocaban en una solución parcial.
Todo el programa de «fortalecimiento» instituido por la ley 10.694, se basa en recortes a los haberes:
a) Promediar por 10 años la base de cálculo del haber previsional (antes era 4 años)
b) Ocurridos los aumentos a los activos, el correspondiente traslado a los pasivos (movilidad) se produce recién a los 60 días (medida más de amarrete que social, atento que ese diferimiento, le produce al sistema un ingreso explícito al sistema, vía inflación, contra un deterioro en el poder adquisitivo del jubilado, que recién lo percibe dos meses después).
c) Disminución del porcentaje de la pensión, al 70%, cuando lo que estaba rigiendo era el 75%
d) Establece un aporte solidario para quienes sean titulares de más de un beneficio previsional o perciban otro ingreso remunerado, en cuyo caso la asuma de los haberes se reducirá hasta 20%.
Como resultado de esta controvertida ley, un haber previsional de bolsillo hoy está entre el 55 y 62 % del sueldo bruto. Un fracaso total.
Programa de debilitamiento
Más que un programa de “FORTALECIMIENTO” es un programa de DEBILITAMIENTO hacia los pasivos, para que “ayuden” a paliar el déficit creciente del sistema que fue tremendamente agravado con las medidas electorales demagógicas apuntadas.
Lo cierto y concreto es que estamos frente a una ley injusta, pero ley al fin. De manera tal que toda medida que intente reemplazar parte del texto aprobado, merece el dictado de otra ley que la modifique. Pero al calor de los reclamos salariales de los activos, montados en que “los sueldos van por la escalera y la inflación (precios) por el ascensor” evidencia un deterioro total y absoluto; y la comparación con el haber previsional que, producto de la ley de «FORTALECIMIENTO” SE PERCIBE DOS MESES DESPUES, no resiste ningún análisis.
La decisión informada a los medios de comunicación, obedece nuevamente más cuestiones electorales que a una sana administración. Y surge del reclamo por la derogación de la ley de “FORTALECIMIENTO”.
El gobierno saca a las apuradas un conejo negro de la galera anunciando que, suspende el articulo correspondiente el diferimiento de los 60 días, hasta diciembre, de manera selectiva, ya que solo podrán acceder a este beneficio aquellos cuyos haberes en febrero no superaron los 250 mil pesos. Respecto de la exclusión de los que superan el monto de 250 mil pesos, los abogados seguramente empezarán a preparar amparos para acudir a tribunales.
La medida es incompleta. Mejor dicho, el anuncio repara una injusticia parcialmente. Ademas esa acción desesperada en respuesta a los reclamos de los jubilados en la calle será objeto de reparos legales, hasta tanto no se dicte una ley que propicie tal modificación a un Programa de Fortalecimiento que ya no fortalece.
A la fecha nada se conoce del envío de un proyecto ley de modificación respectivo. Anunciar modificaciones a una ley por los medios, parece ser el camino de un gobierno desorientado.